Escrito por Sandra Sánchez García [i]
Coordinadora editorial de Ocnos: Revista de estudios sobre lectura
Palabras clave: OCNOS, Sello FECYT, Evaluación de revistas científicas, calidad editorial
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El pasado 10 de febrero la FECYT abría el plazo de solicitudes de la VIII Edición de Evaluación de la Calidad Editorial y Científica de las Revistas Científicas Españolas. Esta nueva convocatoria, que mantiene su esencia de contribuir a la calidad de la edición científica, apuesta por una renovación de algunos de sus criterios en un intento de simplificación del proceso de evaluación, al tiempo que se observa un compromiso firme por apoyar la ciencia abierta y la publicación en abierto.
Estos cambios, que no afectan significativamente a las revistas que ya cuentan con el sello FECYT, sí que pueden convertirse en un hándicap para algunos equipos editoriales. Recordemos que las revistas que ya cuentan con este sello son evaluadas de oficio, sin que tenga que mediar ninguna acción por su parte, revisándose únicamente el cumplimiento del indicador 11, relativo al Impacto y visibilidad de la revista, y el indicador 16, que hace referencia a las Buenas prácticas editoriales en igualdad de género. En este sentido, si una revista con sello FECYT quiere optar a la Mención específica de buenas prácticas editoriales en igualdad de género, sí sería necesario presentarse el proceso completo, como si lo hiciese por primera vez, teniendo en cuenta que, en caso de no superar el proceso de evaluación, no renovaría el Sello FECYT.
El Procedimiento de participación que queda recogido en las instrucciones de 22 de diciembre de 2022 (FECYT, 2022) varía poco respecto a convocatorias anteriores. Se mantiene la necesidad de registrar la revista en el sistema como paso previo a través de la web habilitada para ello en la url https://evaluacionarce.fecyt.es, para posteriormente rellenar el cuestionario de autoevaluación, donde encontramos los cambios más significativos, y finaliza con la presentación de la documentación que tampoco presenta cambios sustanciales.
Los cambios más significativos los encontramos especialmente en la división del cuestionario de autoevaluación que queda dividido en dos partes: la primera, que hace referencia a indicadores cuantitativos de obligado cumplimiento (indicadores 1-11), y la segunda, que incluye una serie de indicadores también cuantitativos pero esta vez de cumplimiento recomendado (indicadores 12-17). Algunos de estos indicadores han sido reformulados con el objetivo de simplificar y favorecer su seguimiento y consecución. Debemos tener en cuenta que, como en ediciones anteriores, una respuesta negativa a cualquiera de las preguntas de la primera parte del cuestionario ya supone la desestimación de la propuesta y, la consiguiente, exclusión del proceso de evaluación. En cuanto a la segunda parte, donde se hace más palpable esta apuesta por el acceso abierto, bastaría con responder positivamente, al menos, a dos de ellas para continuar con el proceso de evaluación.
Finalmente, y atendiendo a la documentación que se debe adjuntar, el proceso de evaluación incluye, además, una evaluación cualitativa que se realiza a través de la supervisión por parte de una Comisión de Evaluación de una serie de indicadores de obligado cumplimiento (indicadores 18-22) relacionados directamente con la calidad científica de la revista y los artículos publicados.
Fuente de la imagen: Pixabay |
Tabla 1
Criterios de evaluación obligatorios y recomendado
Todos estos indicadores se recogen y describen en la Guía de Evaluación aprobada el 22 de diciembre de 2022 y disponible en la web de la FECYT.
Un compromiso palpable hacia la ciencia abierta
Más allá de los cambios observados en la distribución de los indicadores recogidos en esta nueva convocatoria, que parecen atender a una mejor organización y simplificación de los criterios a valorar, esta nueva convocatoria parece apostar por un compromiso claro con la ciencia abierta y la publicación en acceso abierto a partir de la consolidación de la vía dorada. Un compromiso que viene definido a nivel estatal e internacional por las últimas convocatorias de ayudas a proyectos de investigación.
No olvidemos que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, actualizada recientemente por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, en su artículo 37 insta a los investigadores a depositar en abierto, la versión aceptada de las publicaciones financiados con fondos estatales:
“El personal de investigación del sector público o cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos públicos y que opte por diseminar sus resultados de investigación en publicaciones científicas, deberá depositar una copia de la versión final aceptada para publicación y los datos asociados a las mismas en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, de forma simultánea a la fecha de publicación.
Los beneficiarios de proyectos de investigación, desarrollo o innovación financiados mayoritariamente con fondos públicos deberán cumplir en todo momento con las obligaciones de acceso abierto dispuestas en las bases o los acuerdos de subvención de las convocatorias correspondientes. Los beneficiarios de ayudas y subvenciones públicas se asegurarán de que conservan los derechos de propiedad intelectual necesarios para dar cumplimiento a los requisitos de acceso abierto”.
En el ámbito europeo, el programa Horizonte 2020 (2014-2020), de la Comisión Europea, ya señalaba en su artículo 29.2, que todo beneficiario debía garantizar el acceso abierto, a través del repositorio, a la publicación depositada como máximo: (i) a fecha de publicación, si se publica en una revista de acceso abierto, o (ii) en el plazo de seis meses desde su publicación (doce en el caso de ciencias sociales y humanidades) en cualquier otro caso. Una idea que se ha consolidado y reforzado en el programa Horizonte Europa, donde el acceso abierto se hace extensible a las publicaciones y los propios datos resultado de las investigaciones.
En esta misma línea, el Plan S, lanzado en septiembre de 2018 por la cOAlitionS, intenta acelerar el proceso de publicación en acceso abierto de todas las publicaciones financiadas con subvenciones públicas, y lo hace contemplando no solo el depósito en repositorios, sino reforzando la publicación directa en revistas científicas que cumplen con las políticas de acceso abierto. Este Plan sin duda ha marcado la hoja de ruta de los editores de revistas científicas al establecer una serie de criterios obligatorios y recomendados que debían seguir las revistas científicas para cumplir con los objetivos de la ciencia abierta (Sánchez-García, 2019). Muchos de estos objetivos los encontramos ahora entre los criterios que se recogen entre los nuevos y reformulados indicadores de la convocatoria del Sello de Calidad FECYT.
Si hacemos un repaso por los cambios introducidos observamos como ya desde el propio registro de las revistas, la FECYT muestra interés por conocer el tipo de revista que en función del acceso a sus contenidos distinguiendo entre:
- a) Acceso por suscripción.
- b) Acceso abierto con cobro de tasas por procesamiento de artículos (APC).
- c) Acceso abierto sin cobro de tasas por procesamiento de artículos (APC).
En cuanto a los criterios de evaluación, nos encontramos con la reformulación del indicador 8, indicador obligatorio que hace referencia a los Metadatos a nivel artículo y entre los que se incluye la obligatoriedad del uso de identificadores persistente de objeto digital para las publicaciones con contenido científico o académico como DOI (preferible), URN o Handle y los datos sobre la fuente de financiación que deberán incluirse tanto en el propio artículo como en los metadatos que almacena la revista. Además, se recomienda el uso de identificadores persistentes de los/as autores/as y el uso de licencias que recojan y describan los derechos de autor.
En cuanto a los indicadores recomendados observamos como la reformulación de los indicadores 13, 14 y 15 introducen nuevos criterios que van en la línea de los ya establecidos por el Plan S (cOAlition S, 2021). El indicador 13, Políticas de difusión de contenidos y bibliografías, incluye como criterios: la necesidad de publicar los artículos en varios formatos (pdf, html, xml, epub, etc.) para facilitar el hipertexto y el procesado automático del contenido; permitir la exportación de la bibliografía de los artículos a gestores de referencias; facilitar la difusión de sus trabajos publicados en redes sociales; contar con protocolos de interoperabilidad que le permiten ser recolectadas, total o parcialmente, por otros sistemas de acceso y distribución de contenidos como repositorios o agregadores, por ejemplo, OAI-PMH, RSS; y, por supuesto, definir y difundir la política de conservación y/o preservación de la revista a largo plazo.
Si nos centramos en los criterios que recoge el indicador 14, Acceso, estructura y funcionalidades de la web, nos encontramos con recomendaciones como la importancia de contener sumarios, tablas de contenido o una estructura que permita el acceso directo a los artículos; tener un motor de búsqueda que facilite el acceso a contenidos por título, autores/as, palabras clave, año de publicación, etc; la necesidad de diseñar sitios web adaptables a dispositivos móviles, accesibles y que cumplan con el nivel AA de la WCAG 2.1.; y, finalmente, que proporcionen acceso a materiales complementarios (figuras, tablas, infografías, multimedia, etc.).
El indicador 15, Estadísticas, insta a las revistas a ofrecer datos estadísticos públicos sobre gestión editorial e información sobre el tiempo medio entre el envío de manuscritos y la publicación de los trabajos; pero además estadísticas públicas de uso, medidas a partir de las visitas y descargas de los artículos y la necesidad de contar con sistemas de medición de métricas alternativas a las tradicionales basadas en citas, datos vinculados directamente con la ciencia abierta.
Finalmente destaca la incorporación de un nuevo indicador relacionado directamente con la Ciencia abierta, indicador 17. Este nuevo indicador incluye como criterios:
- Publicar sus contenidos en acceso abierto bajo licencias CC-BY o, en su defecto, CC-BY-NC, CC-BY-SA o CC-BY-NC-SA.
- Instar a los/as autores/as a depositar el material complementario, al menos los datos de investigación subyacentes a las publicaciones, en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto federados en la European Open Science Cloud (EOSC).
- Relacionar los artículos que publica con su material complementario depositado en repositorios públicos a través de identificadores únicos y persistentes.
- Permitir la difusión de la versión pre-print de los artículos publicados.
- Permitir la revisión por pares en abierto.
- Tener un protocolo establecido para la cesión de metadatos a los repositorios de acceso abierto y a los agregadores de contenido.
- Mostrar de manera pública el listado autorizado de revisores/as a número vencido o, en su defecto, por períodos concretos no superiores a tres años.
En todos estos indicadores se insta a las revistas a cumplir al menos dos de los requisitos señalados. Es importante tener en cuenta que muchos de estos requisitos que hoy se plantean como recomendados, suelen ir marcando lo que en un futuro puede llegar a ser un requisito obligatorio, lo que hace imprescindible su conocimiento y, en la medida de lo posible, orientar el trabajo editorial a su consecución a corto-medio plazo.
Es evidente que, una vez consolidadas las principales prácticas editoriales, FECYT apuesta por una modernización y actualización de las revistas científicas españolas, siguiendo la línea marcada hace unos años por el Plan S, un plan que no dejó indiferentes a las revistas que integran este consorcio y que nos ha ayudado a modernizar los sitios web de muchas de nuestras revistas, ofreciendo servicios de valor añadido que enriquecen la calidad y el contenido de nuestros artículos, pero que también han supuesto todo un reto para nuestra gestión y supervivencia dentro de un contexto cada vez más globalizado y competitivo. Por eso somos conscientes del reto que suponen estos nuevos criterios a los equipos editoriales que se presentan por primera vez a esta convocatoria y a los que animamos a trabajar en la línea que establece esta nueva convocatoria.
Después de este repaso al procedimiento y sus indicadores ya solo nos queda recordar que el plazo para el envío de solicitudes finaliza el 11 de marzo de 2023 a las 13:00 h y, por supuesto, desear suerte a todos los equipos editoriales que decidan participar en esta VIII Convocatoria.
Referencias bibliográficas
cOAlitionS (2021). Guidance on the Implementation of Plan S. https://www.coalition-s.org/wp-content/uploads/PlanS_Principles_and_Implementation_310519.pdf
Sánchez-García, S. (2019). ¿Estamos preparados para hacer frente a las exigencias del Plan S? Aula Magna 2.0. [Blog]. http://cuedespyd.hypotheses.org/6417
FECYT (2022). Guía de evaluación VIII edición del Procedimiento de participación en la Evaluación de la calidad editorial y científica de las revistas científicas españolas. https://calidadrevistas.fecyt.es/sites/default/files/2022_12_02_guiaeval_viii_def.pdf
FECYT (2022). Procedimiento de participación en la VIII edición de Evaluación de la calidad editorial y científica de las revistas científicas españolas. https://calidadrevistas.fecyt.es/sites/default/files/report_2022_12_21_bases_viii_evaluacionrevistas.pdf
Cómo citar esta entrada:
Sánchez García, Sandra (2023). Nueva convocatoria de Sello de Calidad FECYT para revistas científicas: una apuesta por la ciencia abierta. Aula Magna 2.0. [Blog]. https://cuedespyd.hypotheses.org/12585
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[i] Directora Biblioteca General del Campus de Cuenca. Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM). Licenciada en Documentación y Doctora en la Filología Hispánica y Clásica, es Directora Técnica de la Biblioteca General del Campus de Cuenca de la UCLM y coordinadora editorial de Ocnos: Revista de estudios sobre lectura.
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Tomado de Aula Magna 2.0 con permiso de sus editores